domingo, 24 de marzo de 2013

GOBIERNO ESCOLAR


Es una forma de preparación para la convivencia democrática, por medio de la participación de todos los estamentos  de la comunidad educativa en la organización y funcionamiento del Proyecto Educativo Institucional (PEI).
Establecido por la ley 115 y sus Decretos reglamentarios, en particular el 1860 de 1994 en sus artículos 20, 28 y 29, proponen un cambio importante para la vida de los planteles educativos y para cada uno de los componentes de la Comunidad Educativa. De igual manera nos señala derechos, pero también responsabilidades y posibilidades en aspectos tales como la organización de la institución educativa, la construcción y desarrollo de una cultura de convivencia y respeto de los derechos humanos y la democracia, la definición de un proyecto pedagógico consistente, que supere los modelos tradicionales y permita construir una propuesta que se aproxime a las necesidades y realidades de los estudiantes.



                              

¿QUIÉNES LO CONFORMAN?

  • El Gobierno Escolar está conformado por:
  • El Consejo Directivo.
  • El Rector.
  •  El Consejo Académico.
  •  El Personero Estudiantil.
  •  El Consejo Estudiantil.
  • El Consejo de Profesores.
  •  La Asociación de Padres de  Familia.

     CONSEJO DIRECTIVO


Está integrado por:
  • El Rector
  • 2 representantes de los docentes
  • 2 representantes de los padres de familia
  • 1 representante de los estudiantes
  • 1 representante de los exalumnos.
  • 1 un representante del sector productivo.
                               

  Tiene como funciones:
  • Tomar decisiones que afecten el funcionamiento de la institución.
  • Servir de instancia para resolver conflictos
  • Fijar criterios para la asignación de cupos.
  • Adoptar el manual de Convivencia
  • Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad
  • Participar en la planeación y evaluación del P.E.I. del currículo y del plan de estudio.
  • Establecer estímulos y sanciones para los estudiantes.
  • Aprobar el presupuesto de  ingresos y gastos.

        EL RECTOR

  Tiene como funciones:
  • orientar la ejecución del P.E.I. y aplicar las decisiones del Gobierno Escolar.
  • Velar por el cumplimiento de las funciones del los docentes.
  • Promover el mejoramiento de la calidad de la educación.
  • Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas.
  • Orientar el proceso educativo.
                             


 CONSEJO ACADEMICO

Está integrado por:
  • El Rector.
  • Coordinador(a).
  • Un docente de cada área.
                             


Tiene como funciones: 
  • Servir de órgano consultor del C.D. en la revisión de la  propuesta del P.E.I.
  • Estudiar el currículo y mejorarlo continuamente.
  • Organizar el plan de estudios y ejecutarlo.
  • Participar en la evaluación institucional  anual.
  • Integrar los consejos de docentes para la evaluación de los educados y su promoción.
  • Recibir y decidir los reclamos de los alumnos sobre la evaluación.
  • Las demás funciones que le atribuya el P.E.I.



EL PERSONERO ESTUDIANTIL


Tiene como funciones: 
  • Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes.
  • Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los estudiantes sobre lesiones a sus derechos.
  • Presentar al rector peticiones para proteger y facilitar el cumplimiento de deberes.



CONSEJO ESTUDIANTIL

Tiene como funciones:
  • Darse su propia organización interna.
  • Elegir el representante de los estudiantes ante el D.C.
  • Invitar a sus deliberadores a aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil.
  • Las demás actividades que le atribuya el manual de Convivencia.



        CONSEJO DE PROFESORES

Está conformado por:
  • El rector.
  • El coordinador académico y de bienestar.
  • El directo de grupo.
  • los docentes de cada grado

Tiene como funciones:
  • Realizar el análisis estadístico del desempeño escolar por grupos.
  • Crear estrategias en equipo, que favorezcan el alcance de las metas institucionales.
  • Evaluar el quehacer pedagógico (estrategias aplicadas con los grupos).
  • Socializar inquietudes dadas por los maestros de área.
  • Planear actividades institucionales (convivencia, reinados, kermes, campeonatos, jornadas de aseo, actos cívicos, espectáculos orientados entre otros).
  • Realizar el seguimiento a los propósitos planteados al inicio de año.
  • Velar por el alcance de las metas institucionales.
  • Socializar las quejas y/o reclamos de los estudiantes, padres y madres de familia.
  • Citar los estudiantes y/o padres y madres cuando sea necesario.



       ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA

Tienen como funciones:
  • Contribuir con el rector en el análisis, difusión y uso de los resultados de las evaluaciones periódicas de competencias y pruebas de Estado
  • Propender porque el establecimiento, con todos sus estudiantes participen en las pruebas de competencias y de Estado realizadas por el ICFES.
  • Apoyar todas las actividades institucionales.
  • Participar en la elaboración de planes de mejoramiento en el alcance de las metas institucionales.
  • Promover actividades de formación para los padres de familia para favoreces y apoyar el desarrollo integral de sus hijos.
  • Propiciar el clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y concentración entre todos los estamentos de la confianza de la comunidad educativa.
  • Presentar propuestas de mejoramiento del Manual de Convivencia en el marco de la constitución y la ley.
  • Apoyar el sistema institucional de evaluación de los estudiantes según la normatividad vigente.
  • Elegir los representantes de los padres de familia para el concejo directivo.



                                              REVOCATORIA DEL MANDATO

En uso de la potestad reglamentaria conferida por la ley 115/94 en el artículo 87, las instituciones educativas pueden señalar en el manual de convivencia los criterios para la revocatoria del mando de los representantes de los estudiantes de carácter legal y reglamentario que no cumpla con sus funciones.
La revocatoria del mandato es el mecanismo de control que mediante la participación popular estudiantil, da terminado el periodo de representación que le han conferido a un estudiante de la institución.
El evento socrático manifestó a través de la votación, mediante la cual los estudiantes de un grado o de la institución educativa , convocados por el Consejo Directivo se pronuncian después de transcurrido como mínimo dos meses de  presentación, en relación con el mandato de alguno(s) de sus representante(s), en razón del presunto incumplimiento de las funciones legales, reglamentarias y/o institucionales de dicho representantes, revocándole (s) o confirmándole (s) el cargo de presentación conferido.
La solicitud de revocatoria del mandato debe ser presentada ante al consejo directivo y respalda por un determinado número de estudiantes teniendo como causal el incumplimiento de las funciones del representante estudiantil.
El consejo directivo, dentro de los treinta días siguientes a la presentación dicha solicitud dará su veredicto para que el rector, convoque el evento de confirmación o revocatoria del mandato.
Estas sanciones son validas para el Personero, Consejo Estudiantil, representante del los estudiantes al Consejo Directivo y exalumnos. 


DERECHOS DEL PERSONERO ESTUDIANTIL

El personero estudiantil posee los siguientes derechos:
  •  A ser reconocido y apoyado como gestor de Paz y Convivencia.
  • A ser tenido en cuenta en la toma de decisiones, especialmente las relacionadas con los Derechos y Deberes de los estudiantes.
  • A recibir información oportuna sobre decisiones y actividades relacionadas con la Personería Estudiantil.
  • A recibir capacitación sobre temas útiles para el eficaz desempeño y crecimiento personal.
  • A utilizar los medios de comunicación del colegio o escuela.
  • A organizar actividades.
  • A integrar grupos de trabajo para constituir la personería de los Estudiantes.

FUNCIONES DEL GOBIERNO ESCOLAR:
encontraras las funciones de cada organo del gobierno escolar